Elecciones en el Banco de Previsión Social (BPS)

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Elecciones en el Banco de Previsión Social (BPS)

El 28 de noviembre de 2021, se celebrarán elecciones en el Banco de Previsión Social (BPS), a efectos de la designación del Directorio del referido organismo, el cual es electo por tres órdenes de afiliados: i) trabajadores activos, ii) jubilados y pensionistas y iii) empresas contribuyentes. El voto es obligatorio y secreto.

En esta instancia, el BPS se encuentra confeccionado el padrón de sus afiliados. Quien no figure en dichos padrones, no podrá sufragar ni aún en calidad de observado.

En el orden de las empresas, deberán registrarse en el padrón las empresas contribuyentes inscriptas como tales en el BPS antes del 28 de febrero de 2021 y que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones corrientes y de cuotas por convenio. Se incluyen en este padrón las empresas que, si bien no cumplen las condiciones anteriores al 28 de febrero de 2021, las verifican al 31 de julio de 2020.

Las empresas contribuyentes deberán votar cualquiera sea el tipo de aportación, salvo los contribuyentes de aportación Civil, Bancaria, Notarial y Profesional, titulares usuarios de servicios, empleadores de Servicio Doméstico y titulares de obras de Construcción.

A efectos del registro en el padrón, las empresas habilitadas para integrar el mismo por el orden empresarial, deben designar un apoderado o mandatario para que ejerza el derecho al voto. El mandato conferido tiene validez sólo para este acto y no autoriza al mandatario a ninguna otra acción en relación a la empresa. La designación se realiza a través del servicio en línea que ofrece el sitio web de BPS. El plazo para la designación del mandatario vence el próximo 9 de julio de 2021.

Para las empresas unipersonales, el voto es personal y no pueden actuar por mandatario.

Las sanciones para las empresas habilitadas que no voten en las elecciones, se encuentran establecidas por de la ley 16.241 con multas desde 6 UR a 100 UR (aproximadamente de USD 145 a USD 2.430), según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar la naturaleza jurídica del contribuyente.

En el caso de los trabajadores, la misma es equivalente a la establecida por omisión de voto en las elecciones nacionales.

Si requiere más información, no dude en contactarse con nuestro equipo o escriba un email a info@inglobal.com

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