Uruguay aprobó el acuerdo con Estados Unidos para el intercambio de información tributaria

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Uruguay aprobó el acuerdo con Estados Unidos para el intercambio de información tributaria

El 19 de setiembre de 2024, mediante la aprobación de la Ley 20.351, se ratificó el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América para el intercambio de información en materia tributaria.

El convenio había sido firmado en Montevideo el 23 de octubre de 2023 y refiere al intercambio de información que previsiblemente pueda resultar relevante para la administración y aplicación de la legislación interna de Uruguay o EE. UU. en materia tributaria.

La información se limita a aquélla que pueda ser relevante para la determinación, liquidación y recaudación de los impuestos cubiertos, el cobro y ejecución de reclamaciones tributarias, o la investigación o enjuiciamiento de casos en materia tributaria.

El convenio entrará en vigor un mes a partir de la fecha de recepción de la notificación por escrito de que Uruguay ha completado sus procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo. Las disposiciones del convenio regirán para las solicitudes realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor:

  1. para asuntos penales fiscales, sin importar el período impositivo al que se refieran las solicitudes; y
  2. para todas las demás solicitudes, con respecto a los períodos impositivos que comiencen a partir de la fecha de entrada en vigor, o cuando no haya un período impositivo, a los impuestos que surjan a partir de la fecha de entrada en vigor.

En lo que refiere a acuerdos para el intercambio de información con fines fiscales, Uruguay forma parte de la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (Ley 19.428) y cuenta con 14 acuerdos bilaterales de intercambio de información vigentes: Australia, Canadá, Chile, Dinamarca, Francia, Guernsey, Groenlandia, Islandia, Islas Feroe, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, Sudáfrica, Suecia. Cabe señalar que la red de convenios para evitar la doble tributación con la que cuenta Uruguay también tiene previstos mecanismos para el intercambio de información con fines fiscales.

Para acceder al texto del acuerdo ingrese al siguiente link: Ley 20.351

Si requiere más información, no dude en contactarse con nuestro equipo o escriba un email a info@inglobal.com

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